Categoría: Administración Patrimonial
Costo: Sin costo
Dependencia: Coordinación de Inventario, Dirección de Patrimonio, Secretaría de Administración
Estado: Activo
Id_Servicio: SADM-3
Modalidad: Presencial
Subcategoría: Gestión de Bienes Muebles
Usuarios: Dependencias Administrativas, Unidades Académicas
Descripción
El servicio permite registrar bienes muebles en el inventario institucional de la Universidad Autónoma de Nayarit, de acuerdo con la normativa vigente. Aplica para bienes adquiridos mediante compra directa, compra rápida, reposición o donación. El alta es requisito indispensable para la asignación de resguardo y administración contable de los bienes.
Procedimiento
- Alta por compra directa
- Cuando el bien es adquirido a través de la Dirección de Compras y Adquisiciones.
- Tras la notificación oficial de disponibilidad del bien, se procede al alta en el sistema de administración de inventarios.
- En caso de que el sistema no esté disponible, se realiza el trámite vía oficio, adjuntando expediente de compra (facturas, contrato, órdenes de compra, datos del resguardo y ubicación).
- Alta por compra rápida
- Aplica cuando la dependencia adquiere el bien sin intermediación de la Dirección de Compras y Adquisiciones.
- La solicitud debe realizarse en un plazo máximo de 5 días posteriores a la recepción del bien.
- Se presenta oficio con formato de alta lleno (disponible en el sistema de inventarios) y copia de la factura.
- Para bienes de 25 a 69 UMAs, esta documentación es suficiente.
- Para bienes con valor igual o superior a 70 UMAs, se debe anexar el registro INDETEC.
- Alta por reposición
- Procede cuando el resguardante sustituye un bien no localizado o cuando el proveedor realiza un cambio por garantía.
- El bien nuevo debe tener características similares, estar en buenas condiciones y no haber sido adquirido con recursos institucionales.
- El valor debe justificarse con factura, documento fiscal o cotización de mercado.
- Se siguen los procedimientos estándar de alta.
- Alta por donación
- Aplica para bienes donados por personas o instituciones externas.
- Requiere carta o contrato de donación, factura o cotización que acredite su valor.
- El trámite requiere visto bueno de la Dirección de Patrimonio.
- En el caso de bienes artísticos, se debe presentar documentación que acredite derechos patrimoniales, descripción y avalúo de la obra.
Requisitos
- Oficio de solicitud dirigido a la Dirección de Patrimonio